Consulado General del Perú 

en Montreal

 

 

 

CARTILLA DE INSTRUCCIONES SOBRE EL CERTIFICADO DE SUPERVIVENCIA, CARTA PODER Y PODER FUERA DE REGISTRO

 

 

  

La presente Cartilla de Instrucciones contiene información sobre lo que todo ciudadano peruano debe conocer para obtener Certificados de Supervivencia, Carta Poder con firma legalizada y Poderes Notariales fuera de Registro.

 

CERTIFICADO DE SUPERVIVENCIA

 

E

 ste documento sirve para que el ciudadano peruano pruebe que se encuentra vivo.  Generalmente es requerido por las autoridades en nuestro país para el cobro de pensiones de jubilación de diferentes entidades ya sean públicas o privadas.

Requisitos:

a.     Estar inscrito en el Registro de Nacionales de la oficina consular o proceder a su inscripción.

b.     El interesado deberá comparecer personalmente y presentar su DNI con la última constancia de sufragio o con la de pago de las multa correspondiente (en caso se aplique). 

c.     Proceder al pago de CDN $ 1.30 por derechos consulares.

 

CERTIFICADO DE SUPERVIVENCIA POR CORREO

 

En caso de que la persona no pueda acercarse al lugar de la oficina consular por razones debidamente justificadas y excepcionales, se procederá de la siguiente manera:

 

Requisitos:

a.     Solicitar a la oficina consular, vía correo, el formato de certificado de supervivencia, asi como la información sobre la legalización previa que deberá consignar el certificado de supervivencia.

b.     Apersonarse ante un Notario Público colegiado de su jurisdicción a efecto de que se legalice la firma del interesado.

c.     Remitir vía correo el certificado de supervivencia que contenga la firma legalizada a efectos de que la oficina consular proceda a su legalización.

d.     Acompañar pago de CDN $ 1.30 mediante órden de pago (money order) expedido por la oficina de correo o entidad bancaria, a fin de pagar los derechos consulares correspondientes.  El certificado de supervivencia será devuelto vía correo al interesado.

NOTA:  EL Consulado no se responsabiliza por la pérdida del documento cuando éste es enviado por correo.

 

PODER NOTARIAL FUERA DE REGISTRO

 

E

S un instrumento de carácter notarial  que generalmente se utiliza para delegar facultades de representación para realizar gestiones netamente administrativas.  Mediante esta modalidad se pueden otorgar facultades para el cobro hasta por el monto de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT) fijada para el 2006 en  3,400 Nuevos Soles. 

Requisitos:

a.     Estar inscrito en el Registro de Nacionales  o proceder a inscribirse.

b.     El interesado deberá comparecer personalmente o legalizar su firma ante Notario Público colegiado de su jurisdicción. .

c.     Presentar su DNI con la constancia de sufragio o con la constancia del pago de la multa correspondiente, en caso se aplique.

d.     Realizar un pago de CDN $ 32.50 por concepto de derechos consulares.  El pago se acepta en efectivo o en órden de pago (money order) de la oficina de correo o entidad bancaria.

e.     Si se trata de un Poder fuera de Registro para ser utilizado exclusivamente en el cobro de la pensión de jubilación del poderdante, el costo será de CDN $ 13.00.

 

 

CARTA PODER

 

 

E

s un instrumento notarial más limitado que el anterior, que sólo se puede utilizar  para delegar facultades  de simple representación, así como para el cobro de sumas de dinero hasta por media Unidad Impositiva Tributaria (UIT) es decir hasta por un monto de 1,700 Nuevos Soles ya que la UIT para el presente año asciende a 3,400 Nuevos Soles.

Requisitos:

a.     Estar inscrito en el Registro de Nacionales  o proceder a inscribirse.

b.     El interesado deberá comparecer personalmente o legalizar su firma ante Notario Público Colegiado de su jurisdicción.

c.     Presentar su DNI con la constancia de sufragio o con la constancia del pago de la multa correspondiente, en caso se aplique.

f.       Realizar un pago de CDN $26.00 por concepto de derechos consulares. El pago se acepta en efectivo o en órden de pago (money order) de la oficina de correo o entidad bancaria.

g.     Si se trata de un Carta Poder para ser utilizada exclusivamente en el cobro de la pensión de jubilación del poderdante, el costo será de CDN $ 13.00.

 

 

 

COSTOS

TRAMITE

COSTOS (Cdn $)

(1) CERTIFICADO SE SUPERVIVENCIA

1.30

(1) PODER NOTARIAL FUERA DE REGISTRO

32.50

(1) PODER NOTARIAL FUERA DE REGISTRO, PARA COBRO DE PENSION

13.00

(1) PODER POR CARTA CON FIRMA LEGALIZADA

26.00

(1) PODER POR CARTA CON FIRMA LEGALIZADA, PARA COBRO DE PENSION

13.00

 

                                                                        febrero, 2006