Consulado General del Perú en Montreal
MODELO DE MINUTA PARA PODER AMPLIO Y GENERAL
MINUTA DE PODER AMPLIO Y GENERAL
¨Señor Cónsul General del Perú en Montreal:
Sírvase usted extender en su registro de Escrituras Públicas una de Poder Amplio y General que otorgo yo, don(doña) __________________, de nacionalidad _________, identificado(a), con Documento Nacional de Identidad (o Libreta Electoral) No._______________, de ocupación _______________, de estado civil __________y domiciliado(a) en ____________________________, a favor de don(doña) _________________________, de nacionalidad ________________, identificado(a) con Documento Nacional de Identidad (o Libreta Electoral No.________________y domiciliado(a) en ________________________; para que en mi nombre y representación y bajo la sola firma realice los siguientes actos:
PRIMERO.- Interponga toda clase de acciones judiciales, se apersone a juicio y continúe los iniciados en mi contra o en los que la otorgante resulte demandado, sean estos procesos de naturaleza civil, penal, administrativa, laboral ó de otra índole, procesos contenciosos o no contenciosos, pudiendo recurrir ante cualquier clase de autoridades o fueros, intervenir en toda gestión que requiera mi presencia y presentar en mi nombre y representación los recursos que fueren necesarios, pudiendo en uso de esta facultad realizar todos los actos de disposición de derechos sustantivos, demandar, reconvenir, contestar demandas y reconvenciones, desistirse del proceso y de la pretensión, allanarse a la pretensión, conciliar, transigir, someter a arbitraje las pretensiones controvertidas en el proceso, sustituir o delegar la representación procesal, desistirse de demandas, convenir en ellas, prestar confesión personal o juramento decisorio, deferir al del contrario, interponer recursos impugnatorios tales como recurso de apelación, de nulidad, de casación, presentar recurso de queja o cualquier otro que estime pertinente, celebrar conciliaciones judicial o extrajudicialmente, solicitar medidas cautelares destinadas a asegurar el cumplimiento de la decisión definitiva, ofrecer contracautela, formular denuncias penales, administrativas, policiales o de cualquier otra naturaleza, prestar declaración preventiva, intervenir en diligencias de confrontación y representarme en todas aquellas en que mi presencia fuere necesaria, para lo cual le confiero las facultades generales del mandato y las especiales contenidas en los artículos 74o. y 75o. del Código Procesal Civil promulgado mediante Decreto Legislativo No 768 de fecha 29 de Febrero de 1992.
SEGUNDO: Prometer en compra, comprar, prometer en venta, vender, transferir o enajenar de cualquier otro modo, a título gratuito u oneroso, toda clase de bienes muebles, inmuebles, derechos y acciones y/o cualquier otro tipo de bienes de mi propiedad, ya sea al contado o a plazos, por los precios, formas de pago y demás condiciones que estipule, abonando y/o percibiendo sus importes, otorgando y/o exigiendo recibos, pudiendo suscribir tanto documentos privados como instrumentos públicos. Otorgar toda clase de garantías con mis bienes, afianzar obligaciones con los mismos, gravarlos con prendas, anticresis o hipotecas y cancelar las mismas. Para el efecto le otorgo las facultades mencionadas en el artículo 156o. del Código Civil. Constituir derecho de usufructo respecto de los mismos estableciendo las condiciones y/o estipulaciones que juzge convenientes, ejercer en mi nombre y representación cualquiera de las facultades conferidas al suscrito en mi condición de propietario o co-propietario de bienes, por la Sección Tercera (derechos reales principales) del Libro V del Código Civil.
TERCERO: Administrar sin limitación alguna los bienes muebles, inmuebles y semovientes de mi propiedad, otorgándolos en arrendamiento por el tiempo, precio y condiciones que estimen convenientes. Tomar en arrendamiento toda clase de bienes, estableciendo plazos de vigencia, formas de pago y demás condiciones pertinentes. Cobrar, percibir y abonar el importe de sus alquileres, ya sea judicial o extrajudicialmente, efectuar los gastos propios de la administración y realizar refacciones de toda clase. Otorgar y exigir los correspondientes recibos y cancelaciones por documentos simples, a través de consignaciones judiciales o por escrituras públicas.
CUARTO: Constituir toda clase de sociedades, ya sean estas últimas civiles o mercantiles, de personas o de capitales, aportando dinero en efectivo o bienes de mi propiedad. Representarme con voz y voto en las Juntas Generales Ordinarias y/o Extraordinarias de Accionistas o de socios, en los Directorios de las sociedades o empresas en las que el suscrito tenga la condición de socio, en las Asambleas Generales Ordinarias y/o Extraordinarias de Asociados y Sesiones de Consejo Directivo en la que el otorgante tenga la condición de asociado, sustituyéndome en el ejercicio de las facultades y poderes que éstas asociaciones o sociedades me hayan conferido. Intervenir en sus deliberaciones, emitir votos y percibir las utilidades y/o dividendos que se repartan suscribiendo los instrumentos pertinentes. Ceder y adquirir toda clase de acciones y participaciones sociales, prendarlas y/o entregarlas en garantía. Celebrar contratos de Locación de Obras y Servicios. Celebrar toda clase de operaciones bancarias, abrir y cerrar cuentas corrientes y de ahorro en mi nombre en los bancos, firmas comerciales nacionales y extranjeras y financieras, pudiendo registrar su firma en mis cuentas corrientes personales; retirar depósitos a plazos, girar sobre las mismas, firmar cheques, giros, descuentos, operaciones de crédito, depósitos y retiros, cobrar deudas recibiendo su pago al contado o en forma financiada y otorgar los correspondientes recibos y cancelaciones. Comprar, vender, retirar valores, y depositar valores en custodia y retirarlos. Exigir rendiciones de cuentas, rendirlas y aprobarlas. Representarme en Juntas de Acreedores con las facultades necesarias para adoptar toda clase de acuerdos conforme a ley. Endosar, aceptar y reaceptar, aceptar por aval y protestar letras de cambio, cheques y otros documentos que representen ordenes de pago; girar letras de cambio, pagarés, vales, endosarlos, avalarlos, renovarlos y protestarlos. Solicitar avances en cuentas corrientes y préstamos en general con garantía de mi persona o reales. Efectuar en mi nombre y representación toda clase de transacciones y operaciones bancarias de crédito y comerciales. Solicitar y percibir adelantos en cuenta corriente. Obtener préstamos y créditos en cuenta corriente con o sin garantías en los bancos y firmas comerciales del Perú y del extranjero. Celebrar contratos de mutuo afectando con garantías hipotecarias o prendarias mis bienes muebles o inmuebles, ya sea con entidades particulares o estatales, de acuerdo con las leyes comunes o las especiales de los bancos nacionales. Ejecutar las mismas recibiendo el dinero. Celebrar contratos de seguro, firmar conocimientos de embarque y cualquier otro documento o contrato que fuere necesario. Cobrar y endosar giros telegráficos y postales del país o internacionales; retirar la correspondencia epistolar o telegráfica, valores, encomiendas y demás efectos.
QUINTO: Intervenir, promover y/o apersonarse en mi nombre y representación en todos los procesos extrajudiciales o judiciales sobre Sucesión Intestada, Apertura de Testamentos, Comprobación de Testamentos Cerrados u otros similares que tengan por objeto determinar los bienes que constituyen la masa hereditaria de cualquiera de mis parientes por consanguinidad ó en los que el otorgante tenga interés alguno, efectuar las inscripciones pertinentes en el Registro Público correspondiente de la Oficina Nacional de los Registros Públicos de Lima y Callao y proceder a su división y partición judicial o extrajudicial, pudiendo solicitar y obtener para dicho fin la documentación que crea conveniente, autorizándolo con este propósito a realizar los trámites necesarios ante las entidades públicas y privadas que fuere menester. SEXTO: Lo autorizo asimismo a sustituir total o parcialmente este poder, a revocar las sustituciones y reasumir el mismo cuantas veces lo considere pertinente, delegar cualquiera de las facultades que se le confieren en favor de terceras personas, otorgando para tal efecto los poderes que fueren requeridos sin perder por ello las facultades que se le otorgan a la Apoderada, celebrar cualquier otro acto o contrato que reclame la representación que le otorgo con todas las facultades necesarias.- La poderdante deja constancia que la enumeración de facultades que contienen los párrafos que anteceden son simplemente enunciativas mas no limitativas, siendo mi intención la de otorgar el presente poder con las mas amplias facultades para los fines precisados. Este poder no podrá ser tachado de insuficiente. Desde ahora doy por bien hecho cuanto haga mi apoderada en ejercicio de este poder, pues es mi ánimo que por ningún motivo se le tache de falta de personería. Agregue usted, señor Cónsul General, las facultades de Ley.
Montreal, _____ de ________ del 2004¨.